OTROS TRAMITES QUE NO SE HACEN CON CIRCE
La tramitación de la sociedad limitada, una vez iniciada podemos seguirla en la web del CIRCE con el usuario y clave que nos faciliten, o bien con un certificado digital o DNI electrónico si lo tenemos.
Tras el inicio de la tramitación, y una vez que nos indiquen que tenemos el NIF definitivo, podemos hacer otros trámites que CIRCE no realiza. CIRCE nos evita un buen puñado de visitas, pero no todas.
Así, y como indiqué antes, se precisa un libro de visitas para la Inspección de Trabajo, que puede ser en papel o en electrónico. Aquí tienes más información sobre el
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También necesitamos la legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro-registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.
Casi nada, eso si, todo en el Registro mercantil de tu provincia. Más información en
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Si no tienes certificado electrónico, te viene bien la información que hay en el enlace de
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Y en el supuesto de que los trámites del Centro de trabajo no se realicen desde CIRCE con tu Comunidad Autónoma, tendrás que ir presencialmente. Hay Comunidades que te permiten el trámite electrónico en su sed, y recuerda que es obligatorio en cuanto tengas algún trabajador.
Por último, dentro de los trámites más o menos obligatorios para todas las sociedades limitadas, si el ayuntamiento no está dentro de la lista de ayuntamientos adheridos al proyecto, lista que dejo en el enlace, tendrás que ir personalmente a hacerlo.
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O también si tu actividad económica no es una de las que tu Comunidad Autónoma tenga en su lista (cada una tiene una lista diferente, ya les vale). Esto te lo tienen que indicar mejor en el PAE.
Aunque CIRCE te resuelve los trámites "principales", constituir una empresa en España como que es una tarea para valientes.
Pero una vez que lo tienes claro, no desesperes.
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