El enaltecimiento del terrorismo, o la Apología del terrorismo, o defender, animar, dar publicidad o colaborar con la comisión de otros delitos puede ser constitutivo de delito
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Retuitear mensajes delictivos también es delito. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que destaca que reenviar mensajes o imágenes de apoyo a ETA o de homenaje a los terroristas puede ser delito de enaltecimiento del terrorismo, ya que el Código Penal no exige "que el acusado asuma como propio, razone o argumente la imagen y su mensaje, ni tampoco que sea el que lo haya creado; basta que de un modo u otro accedan a él, y le den publicidad, expandiendo el mensaje a gran cantidad de personas".La sentencia confirma la condena de 1 año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a Andeka Jurado García, por publicar en Twitter, entre 2014 y 2015, un vídeo compuesto por diferentes imágenes sobre ETA y sus integrantes, en ocasiones armados; por retuitear una foto del terrorista fallecido Josu Uribetxeberría Bolinaga junto al lema Adiós y honor en vasco; y por publicar en la misma red dos mensajes sobre el etarra, condenado por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara. El acusado recurrió al Supremo alegando que las imágenes y vídeos reproducidos en su cuenta de la red social no eran expresión de un mensaje, razonamiento o argumentación propios, sino que existían previamente en los medios, ya que el término retuitear significa reproducir lo que preexistió. El Supremo contesta que el tipo penal no requiere que el acusado asuma como propio el mensaje o la imagen, o que los haya creado, sino que basta que tengan acceso a ellos y les den publicidad. También alegaba el condenado que no era delito mostrar una foto tomada por un tercero, ni tampoco reproducir un vídeo en el que aparece alguien bailando durante el funeral del miembro de ETA Uribetxeberria Bolinaga, porque no fue el acusado quien bailaba, ni quien grabó el vídeo, ni quien lo incorporó a internet. El Supremo rechaza estas argumentaciones recordando que tampoco importa que la foto sea tomada por un tercero si el que la recoge y lanza a la red pública es el acusado. "Mostrar determinadas fotos, y más con mensaje añadido, constituye un realce de la conducta y persona y constituye una incitación a la imitación si al terrorista se le presenta, como un prohombre, modelo a imitar o dechado de virtudes, cuando su fama procede únicamente de ser terrorista", agrega el tribunal.
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Por si había alguna duda para aquellos que se ponen a escribir defendiendo delitos en las redes o foros y se creen que no tiene consecuencias, pues que tengan cuidado porque si se denuncia o llega a oídos de algún tribunal pueden acabar donde no quieren. La impunidad con la que obran algunos inconscientes a la hora de escribir cualquier barbaridad tiene los días contados. Y que nadie intente defender esas posturas alegando libertad de expresión porque nunca la libertad de expresión, ni ninguna otra libertad puede amparar la comisión de delitos en un estado democrático y de derecho. Es más, la propia libertad en su esencia está en las antípodas de cualquier delito. El respeto y la convivencia son el fundamento de una sociedad moderna y libre. Por supuesto el respeto a las leyes, de todas ellas la más importante, nuestra Constitución y el respeto a los símbolos y a todas las instituciones es una obligación de todos. Aquellos que no respeten las normas de convivencia deben de saber que la justicia, aunque lenta pero eficaz siempre llega a todos.
Saludos
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